El sistema PAS que promueve Tetaz es inconstitucional

El abogado Pablo Giordano critica un proyecto del diputado tetaz en torno a las herencias.

Pablo Giordano

La aventura legislativa desatinada que pretende erigir el diputado nacional Martín Tetaz, cuyo objeto es la "creación y regulación del Procedimiento Administrativo Sucesorio (PAS) en donde la determinación de los herederos se realice a través de la emisión de un certificado sucesorio extendido por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER)", reviste una bravata carente de raciocinio alguno que colisiona de manera manifiesta con las disposiciones contenidas en La Constitución Nacional, más precisamente en lo que atañe a los art 1, 16, 18, 75 inc. 12, 108, 116 y 121.

Los jueces son los encargados de administrar justicia y dicha potestad no puede ser delegada , entre sus funciones están las de analizar y validar la información que se les presenta, así como la acreditación del fallecimiento, la legitimación para promover el proceso sucesorio, dar lugar a la intervención del Ministerio Público, librar edictos, dictar la "declaratoria de herederos" ( acto este trascendental), ordenar la inscripción de bienes, resolver conflictos que pudieren existir entre herederos, legatarios o acreedores o sobre los bienes mismos de la herencia.

Para concluir, la ideología de un "juez dispensable" que pretende zanjar el legislador, no hace más que perjudicar y menoscabar el texto constitucional (que bastante transgredido es hoy por hoy), por ello el proyecto de mención no tiene asidero alguno. 

La crítica no es hacia la digitalización que promueve, sino a la sustitución ilegal que pretende.

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