ATM utilizará georeferenciación al momento de notificar una boleta de deuda

Así lo dispone la entidad recaudadora a través de la resolución publicada este jueves en el Boletín Oficial.

Este jueves se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 107 de la Administración Tributaria Mendoza, la cual indica que al momento de notificarse una deuda se deberá usar la "georeferenciación" como respaldo para tener una prueba técnica de que se entregó el aviso en una hora y lugar determinado.

Según indica la resolución, "el Código Fiscal dispone en su artículo 124 que, la representación en juicios de apremio será ejercida por los recaudadores fiscales nombrados por la Administración Tributaria Mendoza, las Municipalidades o los entes autárquicos según corresponda".

En ese contexto, la ATM "estima conveniente brindar nuevas herramientas que permitan a esta Administración Tributaria eficientizar las notificaciones de boletas de deuda, además de proporcionar un elemento de prueba de la efectiva notificación administrativa, ya sea que la misma haya podido ser recepcionada personalmente por el contribuyente o no, ante cualquier planteo de nulidad en sede judicial".

Por eso, dispuso que "se agregue como una obligación a cargo del recaudador el uso del sistema de georeferenciación, otorgado por la Administración Tributaria Mendoza, al momento de notificar la boleta de deuda, cualquiera sea el resultado de esa medida, el que cuenta con altos estándares de seguridad".

En términos simples, la ATM ordena usar el GPS a la hora de notificar una deuda para que, en caso de llegar a juicio, tener un elemento de prueba de que se notificó a los deudores y no puedan argumentar que no conocían la deuda o no fueron notificados.

En el articulado, incluso, se señala que se debe "utilizar el sistema de georeferenciación otorgado por la Administración Tributaria Mendoza, al momento de notificar la boleta de deuda, cualquiera sea el resultado de esa medida". Esto último, apuntando a la posibilidad de que la persona que notifica no sea atendida o no encuentre a nadie en el lugar, cuestión que podría ser usada como una 

El plazo de implementación será hasta 30/11/2022, a efectos de permitir capacitar a los usuarios, otorgar permisos de uso y clave de acceso a las plataformas, cuestión que estará a cargo del Director General de Rentas. Sin embargo, la medida ya tiene vigencia desde el 14 de octubre.

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