Lagomaggiore y las prostitutas

La medida que tomó en Mendoza con respecto a la prostitución el peruano Luis Lagomaggiore. Lo cuenta la historiadora Luciana Sabina.

Luciana Sabina

En 1875 el Concejo Deliberante de la Capital Federal, hoy CABA, legalizó la prostitución buscando controlar el contagio de las enfermedades venéreas. El documento establecía que todas las mujeres que ejercieran la prostitución debían inscribirse en la Municipalidad para efectuar dicho control. Cabe destacar que sólo podrían hacerlo si eran mayores de 18.

El prostíbulo necesitaba un permiso municipal y debía estar ubicado en un radio alejado dos cuadras de las Iglesias, escuelas, teatros, mercados y plazas. Tenían prohibido poseer signos exteriores o interiores que los distinguieran de una casa de familia. La venta de bebidas y comestibles también estaban prohibidos.

Con los años, en las principales ciudades del interior se impusieron reglamentos similares. En Córdoba la primera legislación al respecto data de 1883. La edad mínima de inscripción fue de 15 años, algo que se modificó en 1900 pasando a 18 años. En dicha provincia para dejar de estar en el padrón de prostitutas se debía morir, pedir la firma a personas "honradas" que certificaran su cambio de profesión o pasar tres meses en un manicomio -o la cárcel- aprendiendo sobre moralidad y amor al "trabajo honesto".

Mendoza no fue ajena a estos cambios. La Municipalidad de la Ciudad -en manos del peruano Luis Lagomaggiore- puso manos a la obra y estableció un Reglamento para las Casas de Tolerancia, en octubre de 1885. Según la ordenanza, los burdeles debían inscribirse en la Secretaría municipal, constando el nombre de las trabajadoras sexuales y la ubicación del local, además de un certificado médico.

Al igual que en la Capital Federal, dichos establecimientos debían estar ubicados al menos a dos cuadras de instituciones educativas, templos o teatros. Y -además de carecer de todo distintivo- debían tener constantemente cerradas tanto puertas como ventanas. En nuestra provincia se prohibió la prostitución de menores y también se tuvo en cuenta a los a clientes, éstos últimos debían ser mayores de 15 años.

Las mujeres que practicaban la prostitución fuera de la Ley eran arrestadas y cumplían su pena en el hospital municipal, espacio que actuaba como principal cárcel femenina en Mendoza a fines del siglo XIX.

El final de este ciclo llegó en 1936 cuando la ley nacional "De profilaxis social" prohibió a los municipios el otorgamiento de licencias para abrir burdeles.

Esta nota habla de: